jueves, 25 de noviembre de 2010

LECCION DOMINGO 28 DE NOVIEMBRE DEL 2010


“La función intercesora de Cristo y la comunión”
Lección: 1 Juan 2: 1 - 6
Texto: Juan 14: 15
Domingo 28 de Noviembre de 2010




Introducción:

Abogado es uno a quien se llama para que venga al lado nuestro, un ayudador o defensor en un caso ante tribunales. Solo Juan lo usa en el NT, y es traducido como “Consolador” (Aplicado al Espíritu Santo). Cristo es la única ofrenda que satisfizo a Dios en relación con el pecado.


La obediencia a los mandamientos de Cristo es la prueba concreta y practica de nuestra fe.



Desarrollo:

La intercesión de Cristo mantiene la comunión con Dios.
v. 1. Juan les da a entender a sus lectores que lo que se ha dicho en el precedente capítulo sobre el pecado y el perdón tiene por objeto advertirles de que no cometan ningún pecado. Ahora procede a explicar la naturaleza del remedio contra el pecado cuando el creyente comete un acto pecaminoso debido a su debilidad, ya que la vieja naturaleza todavía puede mostrarse activa a menos que permanentemente la consideremos muerta (Ro. 6: 6). Este remedio está basado en la actividad de un abogado siempre presente que no es otro que el mismo Jesucristo el justo. El abogado es aquel que se llama para ayudar en la defensa. La defensa, entonces, es la obra de nuestro Señor, cumplida en el cielo ante el trono del Padre, obra mediante la cual representa a los santos que pecan en la tierra y los restituye a la comunión con el Padre sobre la base de su sacrificio eternamente eficaz (Sal. 23: 3) interviene en la causa del creyente contra Satanás “el acusador de nuestros hermanos” (Ap. 12: 10). Debido a que nuestro Señor es justo puede interceder ante el justo Padre.

La eficacia de la defensa de Cristo.
v. 2. Cristo mismo es el todo suficiente abogado porque él mismo es el “propiciador”. Propiciación significa satisfacción, y Cristo es la satisfacción por nuestros pecados. Su sacrificio redentor constituye la satisfacción que Dios exige por el pecado, y fue suficiente para los pecados de todo el mundo, de toda la raza humana (haciendo posible su salvación). Dios Padre no rompe la comunión con el creyente pecador, porque Cristo el abogado de muestra que su sacrificio es suficiente para pagar todos los pecados del creyente.

La seguridad de estar en comunión.
v. 3 – 5. El creyente puede tener certeza de que esta en comunión por la prueba de la obediencia, 3 – 5. El conocimiento de Cristo está indisolublemente ligado con el hecho de obedecerle y amarle, 5b.

El deber del creyente que dice estar en comunión.
v. 6. El creyente está obligado (“debe”) a imitar a Cristo en su andar (humildad y sacrificio) si pretende “permanecer en él”. El permanecer puede definirse con la definición de 1° Juan en 3:24: Comunión habitual mantenida mediante la obediencia continúa a los mandamientos de Dios. “Como” o “de la misma manera” indica que la imitación de Cristo debe ser exacta y ajustarse al modelo.

Conclusión:

Las advertencias de Juan a no cometer pecado, nos debe despertar nuestras conciencias, ya que también nos muestra el remedio para no pecar, y este no es otro que andar en la verdad porque si estamos en la verdad tenemos plena seguridad de que estamos en Cristo. Quizás podrías resumirlo todo en esta palabra “Sed imitadores de Cristo”.